Por Juliana Quintana Pavlicich en el marco del BootCamp 2020 sobre periodismo y derechos digitales. Crédito de la imagen: Perfil.com
Las redes sociales, además de amplificar los canales de difusión de la oferta sexual, permitieron la liberalización y el ejercicio del trabajo sexual sin intermediarixs. Pero hay una enorme área gris en los términos de uso y condiciones de Facebook, Instagram y Twitter que colisionan con la libertad de expresión de estxs usuarixs.
La cantante argentina Jimena Barón lanzó la semana pasada una campaña de promoción de “Puta”, su nuevo tema. Con afiches en vía pública que aludían a los conocidos “papelitos” de oferta de servicios sexuales, expuso una disputa de sentidos en torno al sexo comercial. En Argentina, a partir del despliegue de la campaña anti trata y del decreto 936/11 (basado en la Ley 26.346 de Prevención y Sanción de la Trata de Personas, vigente desde 2008) que prohibió los avisos de oferta sexual en los diarios, las trabajadoras sexuales buscaron nuevas formas de publicitar en vía pública. Y en Internet.
En Paraguay el trabajo sexual es lícito, la Constitución Nacional en su artículo 86 establece el derecho a escoger un trabajo legal y no existe una legislación con relación a la oferta del trabajo sexual en vía pública como en la Argentina. Si bien publicitar la prostitución en línea no es una práctica común de lxs trabajadorxs del sexo, todavía hay un problema anterior que deviene de la ausencia del reconocimiento de las distintas identidades en la legislación nacional. Y en redes sociales.
Si bien contamos la ley Nº 4788 contra la trata de personas y los artículos 129 (trata de personas), 139 (proxenetismo), 140 (rufianería) y 226 (violación del deber de cuidado o educación) del código penal, ninguna habla de la publicidad de trabajo sexual en medios de comunicación o en vía pública.
A la dificultad de la oferta del trabajo sexual en la calle se le agrega la censura en redes sociales, que no es exclusivo de imágenes de militancia por la conquista de derechos o fotografías de desnudos. Detrás del ejercicio de la prostitución en espacios públicos y privados, los dos principales rubros del sector, cada vez gana mayor peso el trabajo sexual publicitado en redes sociales, como Instagram, Facebook, Twitter, Tinder o Tumblr.
Con el objetivo de combatir la viralización de la pornografía, dice Facebook en el punto 7 de su declaración de seguridad: “No publicarás contenido que resulte hiriente, intimidatorio, pornográfico, que incite a la violencia o que contenga desnudos o violencia gráfica o injustificada”.
Aferrándose a este principio, la red social con más de 2.300 millones de usuarios activos mensuales (la última actualización es de diciembre de 2018), puede dar de baja una foto o un contenido multimedia que considere inapropiado. Con algoritmos que no son capaces de distinguir entre un video de un suicidio transmitido por Facebook Live y la fotografía de una madre amamantando, la red social acostumbra a censurar más fotografías de desnudos con mensajes políticos que discursos de odio o violencia explícita en línea. La ambigüedad con la que pueden ser interpretados sus términos de usos y condiciones lleva a Facebook a censurar una y otra vez.
Un caso similar ocurrió hace unos años con la trabajadora sexual, actriz porno y activista de Asociación de Mujeres Meretrices de Argentina (AMMAR), María Riot. Desde sus diversas cuentas de las redes sociales publica expresiones artísticas-eróticas y contenidos referentes a su militancia por la legalización del trabajo sexual. El 11 de agosto del 2017 subió una foto a Facebook de una sesión artística que había realizado en conjunto con otros trabajadores sexuales –en la que no había desnudos-. Pasados los quince minutos la red social eliminó y bloqueó la cuenta de la feminista por 30 días.
A partir de este caso, Riot inició una demanda a la red social de Mark Zuckerberg por censurar el contenido. Denunció por medio de una carta documento a Facebook Argentina. Con el patrocinio de los abogados Jimena Gibertone y Alejandro Mamani, la activista presentó un amparo en el Juzgado Civil N° 100 y aguardó varios días antes de obtener una respuesta. Luego de una batalla legal, tras un nuevo análisis, Facebook determinó que la foto había sido removida por “error”. Los programadores de la popular red social volvieron a publicar su perfil así como la fotografía que inició la polémica el 13 de septiembre.
Una vez que Facebook normalizó sus servicios, la joven escribió: «Vuelvo a Facebook después de 30 días bloqueada por una foto que cumplía las normas impuestas por esta red social” (…) “los términos y condiciones de Facebook son arbitrarios y discriminadores y censura los cuerpos que no cumplen con ciertos estándares, específicamente los de las mujeres».
«(Facebook) censura a personas que militamos activamente por cosas que muchos sectores de la sociedad no están de acuerdo y por las denuncias recibidas nos bloquean las cuentas mientras que mismo en Facebook existen grupos, páginas y perfiles que hostigan, incitan al odio y publican contenido totalmente repudiable” (…) «Si las redes sociales no se adaptan a las personas que las usamos, las dejamos de usar o mejor intentamos cambiarlas», escribió.
Deuda histórica: ley de identidad de género
Pero ni el trabajo sexual es trata ni estar en situación de prostitución es lo mismo que elegir el trabajo sexual. A menudo, lxs trabajadorxs sexuales cargan con estigmas importantes vinculados a su identidad y expresión de género, (a esto se le suman los contextos precarios a los que son arrojadxs para trabajar sin ningún tipo de garantía de seguridad), y, muchas veces, son detenidxs, demoradxs o violentadxs por la policía con la excusa de portación ilegal de drogas.
Sin embargo, como las políticas de las redes sociales reproducen los mismos prejuicios que la sociedad, no están exentxs de recibir las mismas violencias que en el mundo empírico (o no virtual). En países donde el activismo del trabajo sexual es más fuerte, lxs trabajadorxs sexuales sufren robo de datos, fotos y acoso virtual. En nuestro país, todavía están disputándose espacios por el reconocimiento de su identidad.
Para recuperar una cuenta en Facebook, la red social solicita un documento de identidad, una función limitada y discriminatoria contra las personas trans y no binarias. ¿Cómo hacen las personas trans para hacer el reconocimiento en un país que se les negó el derecho al cambio de identidad? Puesto que en Paraguay no existe una Ley de Identidad de Género, y los nombres sociales de las personas trans no coinciden con los que figuran en sus cédulas de identidad, Facebook acostumbra a bloquear sus cuentas con la carátula de “perfiles falsos”.
Según testimonios recabados por la organización de derechos digitales, TEDIC, en un taller realizado junto a la organización Panambi, lxs integrantes de la ONG expresaron que están acostumbradxs cambiar de cuenta cada 3 meses, debido al bloqueo que realiza Facebook a causa de denuncias.
En el 2018, Yren Rotela, activista trans de Panambi y referente en defensa de los derechos de las transgénero, travestis y transexuales denunció una violación a su libertad de expresión por haber perdido acceso a su cuenta de Facebook. Ese es un espacio desde el cual ella milita, comunica sus actividades desde Panambi y/o Casa Diversa, expresa sus derechos y se vincula con la prensa local.
Con el apoyo de TEDIC, Yren pudo recuperar su cuenta, pero este caso permitió visibilizar un tipo de violencia que ejercen sistemáticamente los algoritmos de Facebook. Desde Twitter, escribió “Mi lucha ahora también es digital”. Su frase sintetiza las dificultades para acceder a una equidad genuina tanto en el mundo online como en el offline.
¿El futuro será regulacionista?
Existe una primera capa de la discusión que divide aguas en el movimiento feminista: el trabajo sexual. El abolicionismo sostiene que la abolición de la prostitución de las sociedades es un objetivo que debe perseguir toda sociedad debido a que el sistema capitalista imperante se vale de la comercialización de mujeres a escala global.
Además, asocian la prostitución a las redes de trata y al proxenetismo como vías inevitables en el desempeño del trabajo sexual. Cuestionan las relaciones de dominación social, económica y sexual y consideran que es preciso luchar desde este “frente” contra la pobreza y la violencia contra las mujeres.
El reglamentarismo se sustenta sobre la base de considerar el fenómeno de la prostitución como un trabajo más que debe ser aceptado por la sociedad y reconocido por el Estado. La reglamentación regula la prostitución por tratarse de una industria sostenida por trabajadoras. En este sentido, al Estado le corresponde ofrecer licencias y credenciales a las trabajadoras sexuales, vigilar su salud y cobrarles impuestos. Las meretrices trabajan por elección y buscan alcanzar la autonomía a través de un proyecto de ley de trabajo sexual autónomo.
Lxs defensorxs de la liberalización del trabajo sexual, si bien no desconocen la existencia de redes de trata y proxenetas que se valen del trabajo de sus trabajadorxs y son, en muchos casos, violentos, entienden que el camino de ejercer el trabajo sexual es través del trabajo independiente y que la “necesidad” es un factor omnipresente en todas las elecciones laborales. Esta postura sostiene que la mujer no es una “esclava sexual”, sino un individuo agente en total dominio de sus decisiones que en el escenario social y económico que le ha tocado, elige dedicarse al trabajo sexual. También se considera que el trabajo sexual es una vía más del empoderamiento de la mujer.
En Europa hay diferentes modelos de regulación de la prostitución. Hay países como Portugal e Italia en los que, al igual que en España, no está regulada. En otros como Suecia, Noruega, Irlanda, Islandia o Francia está castigada. Suecia fue pionero en este sentido con una ley aprobada en 1999. La ley francesa es de 2016 y había sido recurrida por algunas organizaciones, aunque la semana pasada el Consejo Constitucional francés confirmó que es constitucional castigar a los consumidores de prostitución.
La legislación más permisiva es la alemana, aprobada en 2002. Reconoce derechos laborales y cobertura social a las prostitutas. Hace un par de años, el gobierno germano aprobó un proyecto de ley que establece penas de prisión para quienes mantenga relaciones sexuales con prostitutas que no ejerzan libremente (siempre que el cliente sea consciente).
En países como Hungría y Letonia la prostitución es legal y está regulada, pero no los prostíbulos. Holanda, por su parte, levantó la prohibición de los burdeles en el año 2000 y desde entonces tolera el trabajo sexual, aunque deja en manos de los ayuntamientos la posibilidad de que exijan un permiso de trabajo para esos establecimientos.
Abolicionista por default
El dominio de las redes sociales se considera muy importante para cualquier negocio. Están omnipresentes. Desde celebridades hasta empresas, aprovechan la oportunidad de comunicarse directamente con los clientes a través de las redes. No resulta sorpresivo, por tanto, que las trabajadoras sexuales también hayan elegido estos medios para promocionarse.
Pero desde quienes ejercen en la industria del sexo, ya sea como un actor o actriz porno, un estudio para adultos o una compañía de juguetes sexuales, puede ser increíblemente difícil maniobrar en un contexto de constante censura por parte de las redes sociales hegemónicas.
Las políticas de nombre real, los procesadores de pago y las restricciones vagas y cambiantes de contenido pueden costarle a una trabajadora sexual todos sus seguidores y su trabajo de marketing, así como su seguridad. Existe una tensión clara entre el trabajo sexual como un negocio que se vale de la tecnología y la estigmatización del trabajo sexual.
Por este mismo estigma que carga la industria del sexo, lxs trabajadorxs sexuales a menudo se ven privadxs de oportunidades para usar tácticas de mercadeo tradicionales o incluso contratar personas para ayudarlas a crear lo que necesitan para sus negocios. Las leyes contra la prostitución no solo afectan a los acompañantes y sus clientes; puesto que, incluso estar tangencialmente conectado a lxs trabajadorxs sexuales en cualquier capacidad profesional puede significar una responsabilidad.
La ambigüedad con la que pueden ser interpretadas las condiciones de uso de las redes sociales (empezando por el mismo concepto, ciertamente subjetivo, de qué es arte y qué no), unida al problema que supone controlar la ingente cantidad de contenido gráfico que se publica a diario en la red social, y al hecho de que a menudo se actúe mediante algoritmos en base a denuncias de los propios usuarios, lleva a estas multinacionales a censurar constantemente.
Las redes sociales deberían velar por la protección de sus usuarios y, en particular, de los menores de edad, por ser más vulnerables, pero no pueden hacerlo a costa de limitar un derecho fundamental como la libertad de expresión y creación artística. En el entorno digital hay disponibles sistemas para conciliar ambas cosas, aunque sean más complicados y caros de implantar que la simple censura.
La conducta concreta de censurar fotografías “semi-desnudas” que no exhiben partes íntimas del cuerpo, y en un contexto artístico constituye un ejercicio abusivo de los términos y condiciones que expresan la prohibición de imagénes pornográficas por parte de las redes sociales, en general, y de Facebook, en particular. Esta actitud, que no ha sido excepcional en el caso de María Riot c/ Facebook o el de Yren Rotela, demuestra un desinterés por parte de las compañías de ajustarse a los acuerdos internacionales de derechos humanos.
Hoy, por las limitaciones que presentan las leyes nacionales, Paraguay es abolicionista por default. A esto se le suman lxs creadores de contenido en la industria del sexo (escritorxs, educadorxs, artistas intérpretes o ejecutantes, productorxs, bloggers, podcasters, fotógrafxs, etc.) que no tienen plataformas de medios sociales de apoyo a las que recurrir. Y las plataformas que utilizan algunxs trabajadores sexuales, como Twitter, Facebook e Instagram se vuelven cada vez más hostiles.
Es así, que son muchas las deudas pendientes con el respeto a los derechos de los usuarios, en general, y con las trabajadoras sexuales, en particular. Quizás, la verdadera “nueva frontera” sea cómo las trabajadoras sexuales están aprovechando a la tecnología para humanizarse y luchar por sus derechos. Y cómo, de a poco, algunas naciones se están comenzando a percatar de la responsabilidad de las redes sociales en el respeto a la libertad de expresión. Menos nosotrxs, que nos seguimos negando a otorgar derechos fundamentales.