Sin revisiones ni sanciones, concejales departamentales del Alto Paraná incurrieron en diversas irregularidades tanto en su rendición de gastos de campaña electoral como en sus declaraciones ante la Contraloría. Tres de ellos consignaron sumas mínimas con omisiones evidentes como transporte o alimentación. No fue aplicada ninguna sanción.
Pese a la legislación electoral, un grupo de concejales departamentales del Alto Paraná, electos el pasado 30 de abril, decidió pasar por encima de la norma y presentar declaraciones de gastos de campaña con una serie de irregularidades.
Al contrastar las Declaración de Ingresos y Gastos de Campaña presentados ante el TSJE y las Declaraciones Juradas de Bienes presentados ante la Contraloría General de la República (CGR), se observa que algunos de los candidatos investigados cuentan con elevado patrimonio; al cotejar con sus declaraciones juradas de bienes, estas, no son coherentes, pues los gastos de campaña declarados son mínimos.
Tabla 1: Datos del Tribunal Superior de Justicia Electoral recopilados a través de ONAFIP.
De acuerdo con el Observatorio Nacional de Financiamiento Político (ONAFIP), estas autoridades declararon que solamente gastaron en propaganda y publicidad.No existen datoscomo desembolsos en alimentación de operadores, transporte y desplazamiento, organización y funcionamiento. Tampoco en alquiler de locales para sus puestos de comandos, remuneración al personal, entre otros.
Los candidatos están obligados a declarar sus ingresos y egresos en su campaña, según la Ley 6501/20 de financiamiento político, que tiene el objetivo de ejercer el control para evitar el lavado de dinero o la filtración de recursos del crimen organizado en el proceso electoral. Otra irregularidad que se desprende del análisis de los documentos de los seis concejales investigados, tiene como caso notorio el del colorado Fernando Schuster y la liberal Julia Ferreira, quienes no presentaron sus declaraciones juradas ante el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE).
La ley electoral dispone que para las elecciones generales, la sanción por omisiones debe ser impuesta por el TSJE al partido, restando de forma proporcional al monto total del subsidio electoral que le corresponde.
Para esta investigación fueron analizadas las declaraciones de Carlos Antonio Ávalos Gómez (ANR), Aldo David Barrios Gómez (Conciencia Ciudadana), Pedro Adán Ovelar Viñales (ANR), Fernando Schuster Salinas (ANR), Julia Graciela Ferreira (Concertación Nacional) y Derlis Ramírez Pérez (Cruzada Nacional), que fueron los seis más votados.
Mediante un cruzamiento entre datos del ONAFIP y las declaraciones juradas de bienes y rentas de la Contraloría, se encontraron incongruencias en el despliegue de patrimonios netos, ingresos y gastos, como puede verse en la tabla 2.
Tabla 2. Datos recopilados a través de ONAFIP y de la Contraloría General de la República
El concejal Carlos Ávalos en su declaración jurada expone un patrimonio neto de G. 848.500.000. Sin embargo, solo declaró como gasto de campaña G. 5 millones, teniendo publicidad como único egreso. Del mismo modo, Fernando Schuster detalló que cuenta con un patrimonio neto de G. 742.796.506 y también gastó solamente G. 5 millones, pero no rindió en qué usó ese dinero.
Por su parte, el colorado Pedro Adán Ovelar Viñales presentó en el 2023 una réplica de su declaración jurada del 2018 en cuanto a ingresos y egresos. En ese entonces contaba con un patrimonio neto de G.1.668.629.678, y actualmente se redujo a G. 700.000.000. No fueron presentadas declaraciones desde el 2019 hasta el 2022.
Así también, Julia Graciela Ferreira indicó en su declaración jurada del 2022 un patrimonio neto de G. 166.211.000 y declaró que gastó en su campaña electoral G. 30 millones, pero no rindió cuentas en detalle.
Aldo Barrios y Derlis Ramírez no presentaron sus declaraciones juradas a la Contraloría. Barrios declaró que gastó G. 10 millones y rindió por el total. En tanto que Ramírez declaró G. 7 millones, pero rindió cuentas solo por G. 1.720.000, en lo que respecta a gastos en tiempos de proselitismo.
Analizando la Ley 6501/18 del Financiamiento político, en esta no se encuentran previstas las sanciones a los candidados, que incumplen con la obligacion de presentar la Rendición de sus ingresos y gastos de campaña., Iigualmente, no se menciona sobre el analisis de la coherencia en los gastos de acuerdo al la cargo público que aspira, como en este caso la Junta Departamental.
Como se pudo observar en la investigación, el sistema electoral todavía presenta diversas falencias en control y sanción. Las irregularidades no fueron señaladas por las instituciones pese a haber pasado casi un año de la campaña, y los concejales ya llevan cuatro meses de ejercicio en el cargo. Igualmente, los datos públicos no están presentados en formatos de fácil acceso y comprensión, habiendo grandes brechas de información en estas áreas. Varias organizaciones y referentes políticos han cuestionado estas falencias que afectan la transparencia y la confianza hacia los gobernantes. Finalmente, es visible que las instituciones no cumplen con las condiciones mínimas y existen sectores políticos que no cumplen con la ley por falta de mayor control y penalización.
Este artículo es producto del Bootcamp en financiamiento político, datos y elecciones realizado en alianza con TEDIC y Semillas para la Democracia. Las opiniones expresadas y hechos consignados en el presente material son de exclusiva responsabilidad de las personas autoras y no necesariamente reflejan la postura oficial de TEDIC y Semillas para la Democracia ni de la dirección del medio.